jueves, 20 de octubre de 2016

  
MEDIACION Y SEGUROS. MEDIACION EN ACCIDENTES DE TRAFICO

Consuelo Hernández Alesón y María Dolores Hernández Gutiérrez


Consuelo Hernández Alesón, abogada en ejercicio, Mediadora del Servicio Intrajudicial Familiar de los Juzgados de Alicante, Mediadora del Instituto de Mediación del Colegio de Abogados de Alicante, socia Fundadora de Medialogos Gestion de Conflictos S.C., ponente en cursos y jornadas sobre mediación en el ámbito universitario e institucional. Formadora de mediadores.

Mª Dolores Hernández Gutierrez, abogada en ejercicio, Mediadora del Servicio Intrajudicial Familiar de los Juzgados de Alicante, Mediadora del Instituto de Mediación del Colegio de Abogados de Alicante, socia Fundadora de Medialogos Gestion de Conflictos S.C., ponente en cursos y jornadas sobre mediación en el ámbito universitario e institucional. Formadora de mediadores.


RESUMEN

Tras la despenalización de las faltas, las victimas de  lesiones causadas en accidentes de tráfico se encuentran de alguna forma desprotegidas al verse abocadas a acudir a la defensa de sus intereses en procedimientos de jurisdicción civil, más lentos y caros respecto a los anteriores procesos en vía penal. Ahora el lesionado, sin informe gratuito del forense, debe costearse su pericial médica, y la asistencia de peritos, procuradores y abogados y una posible condena en costas de no ser atendidas sus demandas.

La nueva Ley Ley 35/2015 ha venido a modificar toda la materia relativa al ámbito de la responsabilidad civil en materia de circulación y seguros, introduciendo por primera vez la posibilidad de acudir a la Mediación para solventar los conflictos entre perjudicados y aseguradoras.


OBJETIVOS

I.- Estudio somero de la nueva regulación de la Mediación en la ley del seguro y responsabilidad civil, Ley 35/2015, sobres la viabilidad de la Mediación en este ámbito y en relación a la regulación de la ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles y desarrollo de la forma en que va a ser llevado a cabo entre perjudicados y aseguradoras.

II.- Análisis sobre posible cobertura de los gastos de la mediación en las garantías de defensa de las pólizas de seguros y la problemática sobre la elección del profesional mediador.

III.- Estudio del perfil del profesional mediador según las exigencias de esta regulación concreta.


PALABRAS CLAVE.- Mediación, Seguros, Responsabilidad Civil, Informe Forense, Mediadores



INTRODUCCION


La nueva ley Orgánica 1/2015 de Reforma del Código Penal, ha supuesto la despenalización de las faltas al derogar el libro III de la Ley Orgánica 10/1994 de 23 de Noviembre del Código Penal.

Al amparo de lo establecido en el derogado artículo 617, cualquier imprudencia leve con resultado de lesiones ocasionada con motivo de la circulación de vehículos a motor daba lugar a la apertura de un procedimiento de Juicio de Faltas, y en su tramitación, el perjudicado era examinado por el Médico Forense quien emitía un informe de sanidad. En la práctica, con dicho informe de sanidad, junto con las facturas por gastos médicos y de tratamiento rehabilitador, así como cualquier otro gasto justificado, los abogados de los perjudicados contactaban con las compañías aseguradoras, transando sin necesidad de celebración de Juicio y consiguiendo una rápida resolución para los lesionados, mediante el cobro de una indemnización, con una relativa satisfacción para el perjudicado, dado que en la mayoría de las ocasiones éste se siente desatendido por los causantes del siniestro y tampoco ve íntegramente satisfechas sus necesidades, por aplicación del baremo legal para el cálculo de indemnizaciones existente.

Esta despenalización de las faltas conlleva una desprotección de las víctimas de los accidentes de circulación, pues ahora se ven abocados a acudir a la vía civil a reclamar los daños sufridos, abriéndose un futuro incierto en la indemnización de los daños ocasionados al tener que accionar - en un principio,  sin un informe médico imparcial, como era el informe emitido por la clínica forense- y a tener que demostrar en procedimientos judiciales de largo recorrido, sobre todo en reclamaciones superiores a  seis mil euros,  no solo los daños sufridos sino también la dinámica de los accidentes con notables gastos en peritos, honorarios de letrados y procuradores.

Durante el año 2014, según últimas estadísticas de la Dirección General de Tráfico, se produjeron en España 91.570 accidentes con víctimas. Estos accidentes ocasionaron 1.688 fallecidos, 9.578 heridos con hospitalización y 117.058 heridos no hospitalizados. Estas cifras dan una visión aproximada de lo que puede suponer el incremento de la actividad de los juzgados de lo civil, saturando aun más la justicia y por ende ralentizando la resolución de los pleitos planteados por estas causas, saturación que perjudica aun más si cabe a las víctimas de los accidentes de circulación, tanto como a las Aseguradoras respecto de sus cifras de reservas, y a toda la sociedad por tener que destinar los insuficientes recursos judiciales al incremento de estas demandas.
I.- LA REGULACION DE LA MEDIACION EN LA LEY 35/2015 DE SEGURO Y RESPONSABILIDAD CIVIL

La ley 35/2015, en su preámbulo, nos dice que se ha optado por reformar el Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSCV), aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, introduciendo el nuevo sistema, evitando su desarrollo en una ley diferente que conduciría a una clara dispersión normativa de la materia.

Dentro del citado enfoque, se ha procedido a modificar distintos preceptos del articulado a fin de introducir  la Mediación, como una garantía más de protección de los derechos de las víctimas en un accidente de Circulación. Si bien tras la reforma efectuada por la ley Orgánica 1/2015 del Código Penal, que supuso la despenalización de las faltas, parece que no exista equiparación entre persona afectada por un accidente de tráfico y víctima, nos encontramos que en el preámbulo de la Ley 35/2015 se sigue considerando dicha equiparación al decir  que con la reforma del Baremo se pretende “ un justo resarcimiento de los perjuicios sufridos por las víctimas y sus familias como consecuencia de un siniestro de tráfico”

La equiparación entre afectado por un siniestro y victima justifica la introducción de la mediación en los accidentes de circulación, teniendo en cuenta que ya en el nuevo Estatuto de la Victima, contenido en la Ley 4/2015 de 27 de Abril, se contempla el recurso a la Justicia Restaurativa, e incluso la mediación, para los supuestos en que las victimas necesiten aclarar lo sucedido o restablecerse íntegramente.

Tras la despenalización de las faltas, que obliga a las víctimas de los accidentes de tráfico a la via civil con notables incremento de los gastos, difíciles de asumir en muchos casos, y perdiendo la posibilidad de obtener gratuitamente un informe pericial imparcial como era el del Instituto Forense, la reforma de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro de la circulación producida por la Ley 35/2015 ha venido a paliar en parte la situación en la que se había dejado a las víctimas de los accidentes de circulación.

La reforma del artículo 7 de la LRCSCVM exige ahora al lesionado o perjudicado, a presentar una reclamación previa a la compañía de seguros para -en caso de no llegar a un acuerdo por la via extrajudicial- poder accionar ante la jurisdicción civil en defensa de sus derechos. Junto con la obligación que se le impone al perjudicado o lesionado, se mantiene la obligación de la compañía aseguradora de efectuar una “oferta motivada” en el plazo de tres meses desde la recepción de la reclamación previa.

En este articulo 7 de la LRCSCVM se contempla la posibilidad de
que, en caso de disconformidad del perjudicado con la oferta motivada, de común acuerdo y a costa del asegurador, pueda pedir informes periciales complementarios, incluso del Instituto de Medicina Legal.

Al contemplar el citado artículo que se necesita el acuerdo de ambas partes, nos asalta la duda sobre qué sucede si la compañía aseguradora no se muestra conforme con abonar los gastos del informe forense. ¿Puede el lesionado solicitarlo a su costa y pedir posteriormente el pago de dicho gasto a la compañía aseguradora? En principio parece que no, que es posteriormente y una vez realizada la oferta motivada, si esta es rechazada por el perjudicado, cuando este y sin necesidad de estar de acuerdo la compañía aseguradora, y a costa de esta según lo dispuesto en el apartado cinco del reformado artículo 7, cuando puede solicitar el informe del Instituto de Medicina Legal, siendo éste el que entregue copia del informe pericial a las partes.

En consecuencia, el perjudicado -a fin de presentar la correspondiente reclamación previa, que es paso precedente a la oferta motivada- ya habrá tenido que soportar el gasto de recurrir a un informe pericial de parte para poder cuantificar la reclamación conforme al baremo que recoge el sistema de valoración de lesiones.

En caso de no estar de acuerdo el perjudicado con la oferta motivada, o rechazada la reclamación mediante respuesta motivada, se abre la posibilidad de acudir al procedimiento de MEDIACIÓN que se encuentra regulado en el nuevo artículo 14 o acudir a la vía judicial para reclamar los daños y perjuicios correspondientes.

La regulación del procedimiento de mediación contemplado remite a lo contemplado en la Ley 5/2012 de 6 de julio, de mediación en asuntos civiles y mercantiles.

La reforma faculta al perjudicado a solicitar el inicio de una mediación, pero no prevé el inicio a instancias de la aseguradora, acaso para evitar que esta posibilidad pueda convertirse en  una  práctica dilatoria por parte de las compañías, en perjuicio de la víctima o perjudicado.

El perjudicado podrá solicitar el inicio de una mediación en el plazo máximo de dos meses desde el momento en que hubiera recibido la oferta o la respuesta motivada o los informes periciales complementarios, si se hubieran pedido. Nada se dice respecto a la posibilidad de solicitarla en el supuesto de que no se haya producido oferta motivada o respuesta motivada rechazándola.

En todo caso,  siempre cabe solicitarlo una vez iniciado el procedimiento en la vía judicial, bien en la propia demanda -al amparo de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), que establece que las partes pueden disponer del objeto del procedimiento sometiéndose a mediación- bien en la Audiencia Previa, o incluso en cualquier momento antes de ser dictada la Sentencia. En estos supuestos, se debería solicitar la suspensión del procedimiento para intentar llegar a un acuerdo en mediación y, al amparo de lo dispuesto en el artículo 415 de la LEC, se podría solicitar la homologación del acuerdo llegado en mediación como forma de concluir el procedimiento judicial y asi otorgar ejecutividad a dicho acuerdo.

La solicitud de sometimiento a mediación por parte del perjudicado ha de hacerse de forma fehaciente, ya que esta solicitud tiene efectos suspensivos de la prescripción de la reclamación, por lo que deberá poder acreditarse que se ha solicitado su inicio.

A este respecto, se plantea la duda de si el perjudicado tiene que solicitar el inicio de la mediación a una institución de mediación o a mediador especializado en la materia o es obligatorio la comunicación fehaciente a la compañía aseguradora a fin de interrumpir la prescripción de un año establecida en el artículo 1968 del Código Civil para reclamar responsabilidad civil por daños.

Lo anterior viene resuelto en el artículo 4 de la Ley 5/2012, de mediación en asuntos civiles y mercantiles, que regula los efectos de la mediación sobre los plazos de prescripción y caducidad de la solicitud de inicio de la mediación:  la solicitud de inicio suspenderá la prescripción o caducidad de las acciones desde la fecha en la que conste la recepción de dicha solicitud por el mediador, o el depósito ante la institución de mediación en su caso.
Si en el plazo de quince días naturales a contar desde la recepción de la solicitud de inicio de la mediación no se firmara el acta de la sesión constitutiva prevista en el artículo 19 de la Ley 5/2012, se reanudará el cómputo de los plazos.
La suspensión se prolongará hasta la fecha de la firma del acuerdo de mediación o, en su defecto, la firma del acta final, o cuando se produzca la terminación de la mediación por alguna de las causas previstas en la Ley 5/2012.

Corresponde por tanto a la institución de mediación o al mediador elegido comunicar a la aseguradora la solicitud de inicio de mediación del perjudicado.

Se establece un plazo máximo para resolver el conflicto de tres meses y dicho acuerdo será vinculante para las partes, pudiendo instar su elevación a escritura pública al objeto de configurarlo como un título ejecutivo.

En el supuesto en que no se elevara el acuerdo de mediación a escritura pública, el acuerdo no sería directamente ejecutable pero ello no impediría al perjudicado, o a la compañía aseguradora en su caso, hacerlo valer en el correspondiente procedimiento civil.



II.- COBERTURA DE LOS GASTOS DE LA MEDIACION EN LAS GARANTIAS DE LAS POLIZAS DE SEGUROS.

En principio nada se dice sobre quién pagará los gastos del proceso de mediación, por lo que salvo pacto en contrario se pagaran por mitad entre la compañía aseguradora y el perjudicado por el accidente de circulación.

Otra cuestión distinta es si los gastos del procedimiento de mediación, tanto los honorarios de la Institución de mediación como los honorarios de los letrados asesores de la víctima en el accidente de circulación se encuentra o no cubiertos por las garantías de las pólizas de seguro denominadas de defensa jurídica.

La praxis aseguradora en relación con el seguro de defensa jurídica nos muestra que ocasiona dudas interpretativas esenciales y problemas en su aplicación, sin que se hallen ya no satisfactoriamente resueltos, cuánto menos, satisfactoriamente tratados.

Las pólizas de Defensa Jurídica tienen la finalidad de salvaguardar el interés del asegurado ante los problemas con los que se pueda enfrentar y que lesionen sus bienes o derechos. La cobertura principal es la de sufragar los gastos generados a las personas incluidas en la póliza, tanto en los procesos iniciados para hacer una reclamación como para defenderlos, en via amistosa o judicial, y de tipo administrativos, judiciales o arbitrales.

La cláusula inserta en las Condiciones Particulares de Seguro de Responsabilidad Civil constituye un propio y verdadero seguro de defensa jurídica regulado en los artículos 76 a) y siguientes de la Ley de Contrato de Seguro, y no una garantía complementaria del seguro de responsabilidad civil, a modo de cobertura de defensa jurídica incorporada a un seguro de responsabilidad civil a que se refiere el artículo 74 de la LCS.

La Ley 50/1980 de 8 de octubre, de Contrato de Seguro regula el seguro de  Defensa Jurídica en su articulo 76:
·         Por el seguro de defensa jurídica, el asegurador se obliga, dentro de los límites establecidos en la Ley y en el contrato, a hacerse cargo de los gastos en que pueda incurrir el asegurado como consecuencia de su intervención en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral, y a prestarle los servicios de asistencia jurídica judicial y extrajudicial derivados de la cobertura del seguro.
·          El asegurado tiene libertad para elegir a los profesionales de su elección siendo de cargo de la compañía aseguradora el pago de honorarios dentro de los límites establecidos en la póliza. Este derecho está condicionado a la oportunidad del procedimiento entablado.
Por consiguiente, el objetivo del Seguro de Protección Jurídica no es indemnizar el pago de una suma asegurada sino defender el interés del asegurado, que en esta modalidad de seguro se concentrarán en el importe de gastos que puedan afectar el patrimonio del asegurado con motivo de acciones judiciales o extrajudiciales, iniciadas en su interés o en su contra y en algunos supuestos realizar determinados servicios a favor del asegurado, o a soportar los costes del mismo.

La realización de una mediación en reclamación de responsabilidad civil puede considerarse como actos previos o preparatorios  tendentes a evitar la prosecución de un procedimiento judicial pero directamente conectados con el y por tanto sujetos a la cobertura del seguro de defensa jurídica.
Por ello, no entender el proceso de mediación cubierto por la garantía de defensa jurídica seria limitar el derecho del asegurado a optar por la mejor opción de resolución de sus intereses, abocándolo al procedimiento judicial, más lento y más caro.
Hemos de recordar aquí que el abogado de designación particular no está sometido a las directrices de la aseguradora y, teniendo la obligación deontológica de informar a su cliente de todas las opciones disponibles y recomendarle la más adecuada a su asunto, bien puede elegir para ello la mediación con la aseguradora responsable del pago de su indemnización.
Sería conveniente, por tanto, que las compañías aseguradoras incluyeran en las coberturas de la garantía o seguro de Defensa Jurídica,  expresamente los gastos del proceso de Mediación.
Igualmente, podría ser recomendable a las aseguradoras contar con sus propios servicios de mediación, como cuentan con los servicios jurídicos, como una oferta más tanto a sus asegurados como a terceros perjudicados, quedando garantizada la imparcialidad de los mediadores por los principios deontológicos que les obligan.


III.- ESTUDIO DEL PERFIL DEL PROFESIONAL MEDIADOR SEGÚN LAS EXIGENCIAS DE LA LEY 35/2015

Dispone el artículo 14 de la LRCSCVM, tras su modificación por la Ley 35/2015, que podrán ser mediadores en este ámbito aquellos profesionales que estén especializados en el ámbito de la circulación y en el sistema de valoración previsto en esta ley que cuenten con formación específica para ejercer  la mediación en este ámbito.

No se define en el citado artículo 14 que se entiende por formación específica por lo que en la actualidad están proliferando los cursos de poco mas de 20 horas de especialización sobre el baremo de la ley 35/2015.

Por determinados sectores, principalmente de la judicatura, se plantea la idoneidad para este ámbito de los mediadores procedentes del campo de la abogacía y de la medicina por la mayor formación que puedan tener tanto en el plano jurídico respecto a la determinación de la responsabilidad por daños, como en el plano medico en cuanto a la determinación del alcance  de las lesiones de que se trate.

Nosotros entendemos que no tiene por que ser asi y que si bien dichos colectivos pueden formar un buen tándem, no quiere decir que no existan otros profesionales habilitados siempre y cuando se formen en la materia especializada como complemento a sus habilidades.

Y especial polémica puede suscitar la referencia que en el articulo 14 se hace al mediador como figura activa. Asi, dice de forma literal:
 “El mediador, además de facilitar la comunicación entre las partes y velar porque dispongan de la información y el asesoramiento suficientes, desarrollará una conducta activa tendente a posibilitar un acuerdo entre ellas.
Esta conducta activa ha sido entendida por algunos estudiosos de la mediación, sobre todo en el ámbito de la judicatura, como que el mediador ha de proponer soluciones a las partes.

Por nuestra parte, entendemos que lo que se pretende es que el mediador se sirva más del modelo de mediación de la escuela de Harvard, tendente al acuerdo, y que se olvide en parte de la parte “sanadora” del proceso de mediación, no centrándose en la relación entre las partes que al fin y al cabo no tiene por qué perdurar en el tiempo.
Los puristas de la mediación podrían entender que el Mediador solo facilita la comunicación entre las partes, sin hacer proposición alguna sobre un posible acuerdo, siendo considerado este modelo como el del mediador facilitativo, modelo más practicada en el ámbito de la mediación familiar, escolar o comunitaria.
Otros mediadores, principalmente activos en el ámbito mercantil, opinan que este modelo si bien es óptimo en otros ámbitos tiene carencias en el ámbito mercantil al necesitar un papel más activo en la mediación.
El legislador parece optar aquí  por un modelo evaluativo o directivo del mediador, donde este tiene un papel activo en el procedimiento de mediación e incluso realiza propuestas de acuerdo, en determinados supuestos de estancamiento del proceso. No por ello hemos de rasgarnos las vestiduras, si la mediación se desarrolla fiel a sus principios y utilizando las herramientas que le son propias y que la diferencian de una negociación pura, una conciliación o un arbitraje.
La función del mediador, además de facilitar y velar porque tengan el asesoramiento suficiente -dejando claro que la función del mediador no es la de asesorar, lo que implica necesariamente la intervención del abogado de las partes en el procedimiento de mediación-, ha de tener una conducta activa en el procedimiento de mediación que lleve a las partes a evaluar y analizar  diferentes propuestas hasta conseguir aunarlas en la que a todas ellas le satisfaga sus intereses.
En la Mediación Evaluativa, el mediador asiste a las partes a llegar a un acuerdo, que puede incluir el análisis de los puntos débiles y fuertes del caso; las hace reflexionar sobre los posibles resultados de un procedimiento judicial, con el asesoramiento de  su letrados sobre sus posiciones legales y los costes del juicio; y, asesoradas las partes, su papel como agente de la realidad cobra mayor énfasis si cabe.

IV.- CONCLUSIONES

      Implantación de futuro a medio plazo de la mediación en el ámbito asegurador
Estando interesado verdaderamente en ello un elemento importante en este ámbito, la judicatura, con el fin de descargar de asuntos a la instanvia civil, ya de hecho saturada hasta la ineficiencia.
Muestra de ello es el reciente protocolo sobre mediación en Accidentes de Trafico propuesto por la audiencia Provincial de alicante, que además ha organizado un listado con 200 mediadores especialistas en este ámbito, el cual ha trasladado a todas las Aseguradoras que operan en la provincia de Alicante.
      Flexibilización en el proceso de elección del profesional  mediador interviniente
Ya que, por ahora, todos las aseguradoras consultadas ignoran como van a poder llevar a cabo los procesos de mediación, sin que siquiera se hayan planteado organizar servicios, ya sean internos o externos, de mediación.
      Ventajas, para las aseguradoras:
ü  Reducción de costes para las aseguradoras
ü  Reducción de tiempos de tramitación
ü  Reducción  tiempo y cuantías de las reservas matemáticas
ü  Excelencia en el ámbito asegurador
ü  Buena  imagen de marca
      Ventajas para los perjudicados:
ü  Rapidez en obtener la indemnización
ü  Disminución daño emocional como victima
ü  Posibilidad de ser escuchado
ü  Certidumbre en el resultado

En definitiva, las Compañías de seguros podrían mejorar su imagen corporativa ofreciendo el uso de la mediación a sus clientes, empresas o profesionales liberales, quienes huyendo de la conflictividad y de la incertidumbre que genera la via judicial sobre la indemnización que finalmente percibirán, pondrán en valor este método como una herramienta que lleva implícita una voluntad de mejora de procesos y un ahorro de costes para los asegurados, los perjudicados y para la propia Compañía.





V.- BIBLIOGRAFIA


Magro Servet, V. (2014).PROTOCOLO EN MEDIACION EN DERECHO DE LA CIRCULACION PARA ASEGURADORAS, ABOGADOS Y MÉDICOS. España.Editorial Sepin. Sp/doct/19166

DACHS,M. EL SEGURO DE DEFENSA JURIDICA. CUESTIONES SUSCITADAS EN LA PRAXIS ASEGURADORA EN EL ÁMBITO DEL AUTOMÓVIL. España http://www.asociacionabogadosrcs.org/doctrina/comunicacion_seguro_defensa.pdf.


Foro Internacional de Mediadores profesionales
Sevilla, 9-11 de marzo de 2016



lunes, 10 de octubre de 2016

Lunes 10 de Octubre de 2016

Los que nos conocéis sabéis que una de nuestras obsesiones es dar la mayor calidad en nuestros servicios y para eso estamos permanentemente en formación . En el mes de septiembre tuvimos la dicha de participar gracias a Irene Sedin e In-mediatio en las primeras jornadas de Vilassar de Mar : ¿MEDIAMOS?. Participamos tanto impartiendo un taller como compartiendo con cada uno de los asistentes ponencias, talleres  y vivencias. Esperamos que lo aquí transcrito os sirva en vuestro camino como mediadores a los que lo sois, y a aquellos lectores que simplemente se quieran acercar  a la mediación, bienvenidos.

¿MEDIAMOS?.
PRIMERA PARTE

Durante los días 15 a 18 de Septiembre estuve en un precioso pueblo del Maresme Catalán, Vilassar de Mar,  gracias a la invitación de Irene Sedin Marques, que me llamo en el mes de Mayo para invitarme a dar un taller en las jornadas prácticas sobre mediación que organizaba.
Las jornadas se celebraron durante los días 16 y 17 de septiembre pero muchos de los ponentes y asistentes llegamos el día 15 y no nos fuimos hasta el día 18 cuidados y mimados por esta extraordinaria mujer, por esta extraordinaria amiga, que es Irene Sedin. Os preguntareis por qué hago referencia a todos los días que estuvimos y no solo a los dos días de las Jornadas; Es fácil y simple la contestación, y no es otra que en las Jornadas y congresos si importante es la parte académica más importante es a veces la vivencial de compartir espacio y tiempo con grandes profesionales con los que compartir cuitas y departir sobre los temas que nos preocupan.
Estas son mis conclusiones y mis vivencias, que como me comprometí comparto.
Irene Sedin Marques, alma mater de In-Mediatio, como me expuso cuando contacto conmigo, quería unas jornadas eminentemente prácticas y buscaba que el valor de estas fuera sacar conclusiones que nos permitieran avanzar en la implementación del método , y ofrecer a los asistentes, mediadores y no mediadores, talleres en los que perfeccionar o adquirir nuevas herramientas. Para lo anterior conto con un equipo maravilloso que estuvo pendiente de que todo saliera bien y que nos cuidó tanto a ponentes como asistentes de manera exquisita.
Las jornadas dieron comienzo el día 14 con la Bienvenida de las autoridades, estando presentes en la mesa el Ilustrísimo Sr. Alcalde de Vilassar de Mar, Don Damiá del Clot i Trias, Dña Laura Martínez i Portell, Diputada de Consumo, y Dña Rosa M. Torre Lloveras, que es la actual directora del centro de Mediación de la Generalitat de Cataluña . Fue a mi parecer una muy buena mesa de presentación , me gusto, como así se lo manifesté a Irene Sedin en cuanto tuve opción el discurso del Alcalde, que según me indico Irene  es Mediador, y las intervenciones de la diputada de consumo hablando de las experiencias de mediación auspiciadas desde la Diputación, bien en colaboración con los ayuntamientos bien por sus propios técnicos en aquellos ayuntamientos pequeños que no tienen servicios, así como escuchar a la actual directora del Centro de Mediación de Cataluña, si bien me sorprendió en este caso las estadísticas de las que nos habló. La conclusión es que como se dice en la mayoría de foros de métodos alternos de resolución de conflictos hay que trabajar por cambiar el paradigma en el que actualmente nos encontramos y conseguir implantar la cultura de la paz.
Antes de que algún lector empiece a pensar que si seguimos moviéndonos en el terreno de las frases maravillosas nada lograremos decir que en mi caso yo entiendo trabajar por implantar la cultura de la paz cada uno desde nuestro rinconcito. Cualquier acción produce un cambio en el sistema, si yo modifico mi forma de actuar, tanto en mi casa, como en el resto de relaciones probablemente produciré un cambio aunque sea mínimo en quienes me rodean. Un grano de arena es un grano de arena, pero la suma de muchos granos resulta una playa.
Después de la mesa de presentación vino la ponencia inaugural; “ El mediador nace o se hace” impartida por José Antonio Veiga Olivares. José Antonio Veiga es un gran comunicador, de los que lo oigas las veces que lo oigas nunca te suena a que te está contando lo mismo, hombre pausado, de sonrisa permanente y maestro de a palabra. Su ponencia no defraudó. Me encanto cuando nos contó su experiencia en la mediación escolar y los niños “mediadores” con el brazalete azul. Su misión no es otra que cuando ven un conflicto en el patio acercarse y decir “ ya, sentémonos a hablar”.
Según José Antonio Veiga si limitamos la mediación a un título, es mediador el que cursa la titulación necesaria mínima que exige la Ley 5/2012, y meras estrategias, entonces se hace. Por otra parte si además lo vivimos como una filosófica revolucionaria de las relacionas personales se enriquece con la experiencia.
Nos hizo hincapié en que el mediador debe conocer sus virtudes y defectos. Debemos saber en cada momento que herramientas de las que hemos adquirido son las necesarias en cada momento. Nos recalcó que debíamos no solo ser mediadores sino sentirnos mediadores.
Volvió José Antonio Veiga a incidir en el tema que más “doloroso” nos resulta a muchos mediadores, ¿ Por qué no se conoce la mediación?. En mi caso siempre digo que aquello que no se conoce no se compra, nadie solicita un servicio que no sabe que existe. Muchas veces los mediadores protestamos en grupos existentes en las redes sociales, y en cuantos foros existen que existe poca implicación de las Instituciones en la implementación de la mediación, que se necesita más apoyo institucional y campañas publicitarias. Con independencia de lo anterior también entiendo, y esa es mi conclusión, que los mediadores debemos ser más comerciales y salir a vender el producto. Si esperamos sentados cambios de paradigma que provoquen que los ciudadanos vengan a buscarnos podrán ocurrir dos cosas: Una que sean nuestros nietos los que vean esa implantación deseada, o que la mediación muera en la cuna.
José Antonio abordo el sentir general de muchos mediadores de que es necesario que  nos formemos adecuadamente mucho más allá de los requisitos mínimos que nos pide el Reglamento que desarrolla la Ley de Mediación. Tenemos que ser profesionales y dar calidad en nuestros servicios.
Después de la Ponencia de José Antonio Veiga tuvimos una pausa café donde aprovechamos para saludar a los asistentes conocidos, y consultar donde se realizaban los distintos talleres para poder acudir puntualmente al que nos interesaba.
Este fue el momento más difícil, el de decidir a qué taller acudir. A las 12:40 concurrían tres talleres.
1.    ¿ Oyes o escuchas?, ( mediación penal) impartido por Pilar Aragó  Hervás.
2.    “ Sexo, mentiras y Comunidades”. Impartido por Mediark
3.    “ Mediando con Autoridad: La experiencia de Procumedia”. Impartido por Procumedia
En un primer momento me fije solo en las ponencias que daban Pilar Aragó y Procumedia. Aquí el primer problema era la relación que me une con Pilar, Nuria y Gloria ( Procumedia) , por las que desde el ámbito personal siento mucho cariño , y en el ámbito profesional admiración. La decisión al final tuvo que ser por cercanía, Pilar es de Valencia y siempre puedo escucharla en otra ocasión, y Nuria y Gloria son de Valladolid y es más difícil que pueda compartir espacio con ellas.
En realidad hubiera querido estar en todos los talleres, porque todos me interesaban, y así se lo expuse a Irene, que eso de elegir me “trastornaba”. El tema de la mediación en el ámbito policial me llamaba la atención y ese fue al final el criterio de elección.
Nuria Calvo y Gloria Calderón, las dos integrantes de Procumedia Gestión de Conflictos, nos hablaron de su experiencia formando a más de 500 policías de Valladolid, dentro de un programa de formación continua en el que ellas impartieron dos horas sobre mediación a grupos de 25 policías cada una de las ediciones del curso. Nos resaltaron que no era una formación voluntaria, sino obligatoria para los participantes. La frase “venimos haciendo mediación toda la vida” era habitual como en otros foros, y es que normalmente se confunde la mediación con otros métodos de resolución de conflictos como la conciliación, o con tener talante conciliador. En la formación se encontraban mezclados mandos y policías  “ de a pie” , lo que en mi opinión complicaría la experiencia de Nuria Calvo y Gloria Calderón a la hora de expresarse y compartir experiencias conflictivas tanto en el desempeño de sus funciones como dentro del organigrama.
Nos plantearon que entre los objetivos estaba la creación de ESPACIOS DE DIALOGO en las comisarías, a fin de que los ciudadanos pudieran acudir a contar sus conflictos y poder intervenir a modo de prevención, antes de que los conflictos escalen, además de facilitar acercarse a los ciudadanos y permitir que les vean más allá de su papel de autoridad.
La conclusión no es otra que es importante que los cuerpos de seguridad, sobre todo la policía local que está mas cerca de los ciudadanos y de los problemas de convivencia, aprenda técnicas de gestión de conflictos, a fin de utilizar aquellas que sea posible para detectar los posibles conflictos antes de su escalada y poder derivarlos a servicios de mediadores, o a los servicios técnicos municipales oportunos cuando sean temas que pueden resolverse desde estos e impedir que el conflicto llegue incluso  a desarrollarse.
Posteriormente en el espacio reservado para la comida pude comentar con diversos asistentes el resto de los talleres y la conclusión general fue la gran calidad de lo compartido y la satisfacción de los ponentes por la interacción que se había producido.
Por la tarde a las 16 horas se comenzaba de nuevo por talleres y en esta ocasión no tuve duda alguna en la elección dado que uno de los talleres lo impartía la que suscribe, por lo que estaba claro que no iba a poder escuchar a Tomas Prieto en su taller sobre la “identidad Digital y la reputación Online- Creación de Marca Personal para los profesionales de la Mediación”. Ni tampoco iba a poder escuchar a Arturo Almansa, que sustituyó a Virginia Domingo que no pudo acudir por cuestiones personales.
Cuando me llamo Irene Sedin me  pidió que compartiera mi experiencia, y con esa premisa acudí a Vilassar de Mar a compartir mi “caja de herramientas” como gestora de conflictos con un taller al que llame “jugando con las palabras, el arte de rellenar huecos”.
Como expuse en el proceso de comunicación es casi imposible trasmitir toda la información que está en nuestro cerebro. Al emitir el mensaje solemos omitir parte de la información, además de llevar a cabo procesos de generalizaciones. Lo anterior lleva a que muchas veces aunque nosotros “veamos” claramente representado nuestro mensaje en nuestro cerebro sin embargo no lo comunicamos de igual forma, lo que provoca problemas de entendimiento con el receptor del mismo.
En el taller pretendía  “jugar” con la palabra,  buscar la información perdida en el mensaje de las partes, hallar  las incongruencias en lo transmitido por cada interviniente en el proceso de comunicación. Y todo ello  a través del METAMODELO DEL LENGUAJE, herramienta imprescindible en la mochila o baúl de los mediadores.
El objetivo a conseguir es una comunicación de calidad de manera que nuestro “mensaje” sea claro y no sea necesario recurrir a interpretaciones, ni lecturas mentales para entender lo que queremos transmitir, dando toda la información específica que sea necesaria en cada situación para  la persona a la que va dirigida el mensaje.
Como mediadores hay dos herramientas muy importantes, la escucha activa, y las preguntas. Con el metamodelo del lenguaje podremos  “escuchar” los silencios, lo no dicho en el mensaje, resaltaremos las incongruencias, y facilitaremos la integración del lenguaje mediante las preguntas adecuadas para que las partes tengan toda la información. Como consecuencia de lo anterior podemos ser  más efectivos en el proceso de mediación.
Hay que tener mucho cuidado en el uso del metamodelo del lenguaje en la vida cotidiana y no utilizarlo salvo que tengamos un objetivo claro porque si no las personas con las que nos relacionemos tanto a nivel personal como profesional pueden sentirse atacadas. Os puedo poner un ejemplo de mi primera inmersión con el metamodelo del lenguaje. Al principio de estudiarlo, y pese a la advertencia de mis formadores cada vez que oía algo no podía evitar pensar que faltaba información, en seguida hacía preguntas del tipo “Cuando dices….puedes decir específicamente a que te estas refiriendo”. Evidentemente mis hijas, de 9 y 11 años en la actualidad no  tardaron en decir “Mama habla raro”, y mi marido no tardo en pedirme que no me comunicara de dicha forma dado que cualquier frase en cuanto yo denotaba que faltaba información o que respondía a alguno de los patrones del metamodelo del lenguaje indagaba sin parar. Pese a lo anterior,  sin embargo sí que es  una herramienta muy útil en nuestro   ejercicio profesional como facilitadores, o como abogados o negociadores dado que nos servirá para integrar y concretar el mensaje. En mediación desde mi perspectiva será muy útil en las sesiones privadas, cuando estemos a solas con cada una de  las partes y servirá para hacerle responsable de sus elecciones, así como para concretar opciones y hacerles de agente de la realidad.
En el ámbito personal, desde nuestra propia posición nos servirá para escuchar sin interferencias, permitiendo que el otro nos traslade su mensaje completo y hacer las preguntas necesarias sin meter nuestro propio mapa personal. Además de lo anterior nos servirá  para ser más efectivos comunicando, dando la información completa que necesitamos transmitir sin realizar omisiones importantes, ni juicios de valor, ni distorsiones, ni por supuesto generalizaciones.
Espero haber logrado mi misión que no era otra que trasladar mi visión del uso del metamodelo del lenguaje en la mediación, y que pensemos  en esos ruidos e interferencias que podemos tener, revisando cuales pueden ser los de cada uno, que pueden no coincidir con los míos, porque el autoconocimiento del mediador para mi es otro de los puntales básicos para poder ser un buen profesional.
Después de la pausa café en la que pudimos degustar las ensaimadas que  nos habían enviado para la ocasión los integrantes de SOM MEDIACION, que no pudieron asistir, lo que lamente porque hace tiempo que los sigo a través de las redes y no quería perderme su taller sobre creatividad, se llevó a cabo la mesa redonda “Mediación Municipal versus Mediación Privada ¿ Amantes irreconciliables?” En la que participaban Xavier Jiménez Terrer, Oscar Negredo, Jordi Casajoana y José Antonio Veiga, y que fue moderada por Irene Sedin. Me gusto la disposición de la mesa, sin mesa, lo que hacía que no resultara tan encorsetado. Se discutía  si los servicios municipales debían realizar mediaciones más allá del ámbito comunitario. A veces se tiene la sensación de que si los servicios municipales realizan de manera gratuita mediaciones en conflictos de derecho privado están haciendo un flaco favor a los mediadores privados, dado que mucha gente puede optar antes por lo gratuito, amén de que lo que no se paga no se aprecia. La conclusión, desde mi punto de vista,  es que los servicios de mediación municipales son importantes y hacen en general una buena labor, pero que su participación en el ámbito privado debe limitarse a derivar a otros servicios de mediación.
El día 16 tuvo una conclusión extraordinaria. Nada más terminar acudió un grupo de batucada a recogernos a Cam Bissa para posteriormente seguirles por la calle hasta una plaza. El ritmo  y la animación era tal que nos animamos en algunos tramos a bailar. En la plaza nos esperaba un espectáculo de bestias de fuego que nos encantó a la mayoría de los asistentes, aunque en determinados momentos nos alejáramos ante el temor de que nos alcanzara alguna de las llamaradas que despedían esos “seres”. La noche finiquito con una cena en los jardines de Cam Bissa donde  nos deleitaron con una degustación de platos típicos catalanes que a la que suscribe , enamorada de la gastronomía española, me hizo disfrutar . El cenar relajadamente con mediadores de distintos lugares y compartir experiencias en un lugar lleno de magia como eran los jardines de Cam Bissa, es de las experiencias que una va sumando a su baúl personal. Irene, In-mediatio, y su equipo, nos regalaron la actuación de un grupo de Rumba Catalana, que sirvió para demostrar que los mediadores tenemos “cintura”.

¿MEDIAMOS?
II PARTE

El sábado 17  principiaban  las jornadas prácticas de mediación en Vilassar  de Mar con tres talleres prácticas, y de nuevo comenzaba el triste dilema de tener que elegir a cual asistir. Los talleres esta vez eran:
1.- “ Empalizar con todos los sentidos”. Impartido por Isaac Palomares Conell
2.- “ El arte de mediar, puente de oro entre mediado y mediador. El estado de las nuevas tecnologías aplicadas a la resolución de conflictos. Presentación de FIMEP y la plataforma ODR”, impartido por Sandra Marti, la representante de FIMEP ( Foro internacional de mediadores profesionales) en Cataluña  y Alicia Millan y Alberto Elisavetsky
3.- “ De las practicas Restaurativas a la comunicación no violenta. Conexiones saludables”. Impartido por Inmaculada Gabaldon.
En este caso y dado mi interés por las practicas restaurativas y la comunicación violenta tenía claro que quería asistir al taller que impartía Inmaculada Gabaldon, pero ello no dejo de causarme un poco de dolor la renuncia a escuchar a Alicia Millan y Alberto Elisavetsky. Me tuve que decir a mi misma que toda elección implica pequeñas renuncias que si son meditadas no hay mas que aceptarlas. Gracias a la organización de Irene Sedin había podido disfrutar de la compañía y la charla con Alberto y Alicia. Creo además que Alicia es de esas mujeres poderosas que te recargan con su presencia , su dulzura , su saber y esa luz que desprende, y espere y confió que disculpara su ausencia por que ella si me acompaño en mi taller, lo que le agradezco profundamente.
El taller de Inmaculada parecía hecho para mí, cosas del azar. El día anterior en alguna de nuestras numerosas conversaciones cruzadas entre los distintos asistentes, comente que me habían recomendado que debía “ no hacer”, y que ello me resultaba harto difícil. Uno de los momentos de su taller, el final, consistió en un visionado de imágenes con música durante cinco minutos, previamente nos había invitado a concederle cinco minutos, y tras obtener la promesa de que se los  dábamos fue cuando nos pidió que nos concentráramos en la pantalla. Como le dije a Inmaculada al terminar, logre conseguirlo durante al menos la mitad del tiempo, en el que me vi sumergida en las imágenes de paisajes, mujeres de vestidos vaporosos y animales. Dado que es precisamente uno de los entrenamientos que me faltan, algo me hizo salirme pero desde luego me alegre de la coincidencia.
Inmaculada nos habló de las practicas restaurativas, teniendo en cuenta que estas pueden ser informales como informales y que tienen tanto una vertiente preventiva del conflicto como una vertiente proactiva.
Inmaculada hizo hincapié en que debemos conocernos y autoanalizarnos los mediadores, para saber qué puedo hacer para que las distintas técnicas que conocemos funcionen. Nos recordó la frase de Jung “Conozca todas las teorías, domine todas las técnicas, pero al tocar un alma humana sea apenas otra alma humana “ ( confió en haberla transcrito adecuadamente).
Nos recordó que debemos observar sin juzgar. Que si combinamos la observación y la evaluación seguramente la otra persona escuchara una crítica por tanto lo más recomendable es identificar y expresar los sentimientos.
A través de la identificación de los sentimientos, como nos indicó Inmaculada , de tristeza, ira, miedo, ansiedad…es cuando podemos observar las necesidades no satisfechas.
Nos dijo que desde la comunicación no violenta cuando pedimos algo tenemos que ser capaces de aceptar un no. Si no es así no estamos pidiendo, estamos exigiendo.
Como siempre que la escucho me quede con ganas de más. Tanto las practicas restaurativas como la comunicación no violenta son otras de las herramientas que ya incorpore a mi personal caja gracias de Inmaculada Gabaldon que organizado diversos talleres y que espero poder seguir perfeccionando por su importante aplicación dentro de las organizaciones.
Terminamos el taller de Inmaculada Gabaldon con un círculo, herramienta potentísima para la convivencia escolar, comunitaria y en las organizaciones, tanto a nivel preventivo como para resolver conflictos. En el círculo fuimos expresando uno a uno, con la pieza de dialogo en la mano ( lo que permite que solo hable quien la tiene) nuestras sensaciones del taller, siendo la tónica general el expresar nuestro agradecimiento.
Como en la anterior jornada los asistentes comentamos los talleres en la pausa del café, y el sentir general era que todos habían cubierto nuestras expectativas.
No he de dejar de recordar que durante las jornadas había montado una parada con libros de mediación, o que pudieran servir por su temática a los mediadores (gestores de conflicto mejor en mi opinión).
Después del receso vino la ponencia Herramientas y recursos útiles en mediación: ¿Que ,como, cuando? ( camino hacia la cultura de la paz) impartida por Carlos Villagrasa al que aún no había tenido el gusto de conocer en persona hasta estas jornadas pero al que sigo desde hace tiempo a través de las redes y ansiaba escuchar.
Carlos Villagrasa volvió a incidir en la calidad de la formación, volvió a salir el tema de que somos gestores de conflicto, termino mucho más amplio que la mediación que nos constriñe a un solo método, y que debemos adquirir todas las herramientas necesarias para dar un servicio de calidad. Descubrí porque quería escucharle y es que como José Antonio Veiga es un gran comunicador, embelesándome de tal forma con su discurso, que ensamblaba perfectamente con lo que yo opino, que olvide tomar notas para contároslo con más detalle.
La mañana terminó con la presentación del libro de Josemi Del Valle, “la capital del mundo es nosotros”. A aquellos que no le conozcan personalmente, ni a través de las redes recomendarles que le sigan, es un filósofo pero , y es mi opinión, no a la vieja usanza, fácil de leer y más fácil de escuchar, de pluma grácil y fluida, os recomiendo que le sigáis en su espacio SUMA NO CERO, donde os deleitara con mil un temas que salen de su observación de la vida. Su disertación nos invitó a comprar su ensayo, que fue autografiando a todo aquel que lo solicito.
El sábado comimos juntos la mayoría de asistentes, organización y ponentes, intercalados de distintos lugares de España, de Argentina, México y Colombia.
Durante la comida la transmití a Irene Sedin mis sensaciones, que no quería aceptar tan pronto porque decía que aún no había concluido a lo que yo le indique que aun quedaban pendientes las conclusiones finales, pero que cuando ya había transcurrido la mayor parte del tiempo se podían hacer estas estimaciones sin miedo a errar, máxime cuando eran las propias, las de la que suscribe. La organización había sido bastante perfecta, el cuidado de asistentes y el apoyo a ponentes maravilloso todo el tiempo. En mi caso no puedo dejar de mencionar a Sonia Liarte que se aseguró que yo dispusiera de todo lo que necesitaba y me “cuido” con mucho mimo además de encargarse de grabar mi taller. Todo lo anterior teniendo en cuenta que Sonia es abogada y mediadora. Los actos con los que nos deleitaron el día anterior fueron un regalo para los oídos y la vista, y el cierre de fiesta con el grupo de rumba catalana nos permitió si cabe empatizar mas entre los presentes. Solo le manifesté  la incomodidad que me suponía tener que elegir entre talleres, pero eso es por que como ella pidió que me presentaran (muchas veces nos lo decimos entre nosotras) soy un poco Diógenes de conocimiento.
Tras la comida dio comienzo a los talleres de la tarde, esta vez eran:
1.- “ El metamodelo de la negociación, herramienta esencial para el mediador profesional…y para no mediadores también”. Impartido por Jesús Elizondo.
8.- “Mediación en consumo: Las OMIC” , impartido por Carlos Ruiz y Oriol Contreras.
9.- “ Sin palabras dices mucho”. Impartido por Alex Ventura Otero.
En este caso lo tenía claro, no es porque los demás talleres no me interesaran (recordar lo de Diógenes) si no porque el Metamodelo de la negociación creado por Jesús Elizondo era algo que me apasionaba. Aunque hacía tiempo que estábamos conectados en las redes ( para mi es un gran invento para poder interactuar con personas que se encuentran lejos de mi y compartir conocimiento), tuve la enorme suerte de conocer al Maestro, asi lo llamo yo porque me impresiono desde el minuto uno en el que le oí hablar, en Sevilla, en las jornadas del FORO INTERNACIONAL DE MEDIADORES PROFESIONALES, FIMEP, al que pertenezco tanto personalmente como a través de Medialogos Gestión de Conflictos. Cuando acudí a Sevilla en Marzo yo ya era una enamorada del Metamodelo del lenguaje, y el titulo de su ponencia me llamo enormemente la atención dado que yo ya había tenido ocasión de darme cuenta de lo poderosa que era como herramienta en la negociación. El tiempo que le escuche me dejo con ganas de saber más y tener la oportunidad de poder profundizar y desecharla no cabía en mi cabeza.
Jesús Elizondo nos habló del pensamiento Monovía, los conflictos se resuelven en los juzgados, y del pensamiento duovía, que permite ampliar el espectro de posibilidades y enfocar la solución del conflicto desde distintos métodos, analizando cual es el más adecuado.
Insistió en que no debemos desprestigiar otros métodos para prestigiar la mediación, y que por tanto los mediadores debíamos trabajar por resaltar la calidad de nuestros servicios pero sin comparar con otros sistemas de resolución de conflictos.
Nos resaltó que el problema principal en las negociaciones fallidas es que llegamos a las negociaciones sin la preparación adecuada, siendo el síntoma más frecuente de una preparación deficiente cuando directamente entramos al regateo y a plantear el tema del dinero.
Nos recomendó entre otros libros “los 7 hábitos de la gente altamente efectiva” de Stephen Covey, lo que hizo que se agotaran los escasos ejemplares que había en la parada de libros. Anotado queda para incorporar a la biblioteca.
Nos dijo que debíamos tener dos objetivos al realizar negociaciones. Por un lado protegerla para no hacer negociaciones malas y por otro lado sacar el máximo provecho, y que debíamos ser sensatos y eficientes.
Nos habló de que el metamodelo tiene 11 elementos , que nos representó en una escalera que principiaba con la confianza y terminaba con el cierre, y eran:
1.    Confianza.
2.    Carácter.
3.    Proxemia
4.    Argumentos
5.    Información
6.    Comunicación
7.    Intereses
8.    Alternativas
9.    Opciones
10. Principios
11. El cierre
A la pregunta de para que negociamos contesto que para ser felices.
El metamodelo de la negociación lo representa Jesús Elizondo con una casa, con cuatro paredes, en dichas paredes estarían el nivel de confianza, básico en toda negociación, el control emocional, la barra del tiempo ( proxemia)  y a vía de influencia ( argumentos , y el poder a utilizar).
Nos habló de cómo generar confianza, comprendiendo ( desde el marco de referencia de cada una de las partes), cumpliendo nuestras promesas ( para lo que hay que ser cuidadoso al hacerlas) y siendo respetuosos, amables y considerados.
Nos emplazó a cumplir con las expectativas, y a tener lealtad al ausente, a llevar a cabo una retroalimentación, tener paciencia, poder de persuasión, y no olvidar disculparse cuando no se hizo algo correctamente y perdonar cuando fue el otro quien no lo hizo.
Nos dibujó la anatomía de una elección, que implica tres elementos como son el espacio, el estímulo y la respuesta, y nos invitó a abrir un espacio antes de tomar una decisión y a definir nuestras elecciones.
Nos recordó la importancia de las emociones en el proceso de negociación y a la “obligación” que tenemos como gestores de conflictos a saber manejarlas.
Respecto a los argumentos diferenció entre argumentos coercitivos basado en el miedo y la amenaza, argumentos utilitarios, basados en el dinero y lo que se consigue con dinero, y argumentos basados en principios.
Respecto a la Información nos indicó que cada negociador tiene dos clases de intereses.
1.    La sustancia. Que pueden ser datos tangibles como el dinero, bienes, materias primas, vehículos…o intangibles, como pueden ser ideas, reconocimiento, poder, autoridad.
Aquí estarían los criterios objetivos y características de los productos, bienes, servicios…, la oferta y la demanda pasada, actual y futura.

2.- La relaciones.- Quienes participan, que cargos tienen, quien ostenta el poder de decisión.., y que importancia tienen las relaciones entre ellos.
Hay que tener en cuenta que el mediador es especialista en comunicar. Que la ropa de nuestros pensamientos es la comunicación, por lo que hay que prestar atención a las palabras, el idioma corporal, las actividades conductuales, y adquirir y emplear una jerga según la ocasión lo requiera.
Nos resaltó la importancia de la Calibración, ver cuál es la emoción de las partes que manifiestan y también la propia del negociador, o del mediador según sea el caso.
Es importante el tono, volumen, timbre y la velocidad.
Hablamos de buscar las necesidades, recordando que debemos pasar de las posiciones de las partes, a buscar las necesidades subyacentes, las prioridades ocultas. Nos recordó que los intereses se forman por preocupaciones, necesidades, deseos…y que para entrar en el interés preguntemos por qué.
Según Jesús Elizondo, los intereses subyacentes se conectan con el concepto de felicidad de cada uno.
Posteriormente nos habló de las alternativas, que no es otra cosa que lo que se puede hacer fuera de la mesa de negociación sin el consentimiento de las demás partes, y de las opciones que si puedo hacer con el consentimiento de las otras partes.
Por ultimo nos habló de la ZOPRA, zona de acuerdo probable, y finiquito con el CIERRE, respecto del que nos dijo:
1.- Hay que pensar en el cierre desde el principio
2.- Hay que considerar la elaboración de un boceto o borrador de un acuerdo
3.- Dirigirse de forma gradual a los compromisos.
4.- Ser persistentes en buscar el interés y no ser rígidos.
5.- Hacer una oferta ( cuando somos una de las partes)
6.- Ser generoso al final.
Nos remarcó como cierre que la fuente de todos los males son las negociaciones ineficaces y que si se nos hace cara la paz ( por lo dificultoso de su obtención) prueba la guerra.
Al finalizar no pude evitar acercarme al maestro e indicarle que como la vez anterior yo necesitaba conocer más profundamente el Metamodelo de la negociación.
Jesús Elizondo invito a subir a Melvina Mendez, la presidenta de CEMAJUR, colegio de profesionales de la mediación de  Tijuana, México, que nos explicó cuál es su proyecto y nos hizo visionar un video de la celebración de su primer aniversario.
La jornada concluyo con una mesa redonda sobre el papel de las asociaciones de mediadores y colegios profesionales en el presente y futuro de la mediación, poniendo en valor el papel de las asociaciones que en los comienzos de la mediación y antes de su regulación a nivel estatal aglutinaron a los primeros mediadores y les dieron soporte, y se planteó la posibilidad de un futuro colegio de mediadores que acabara con la separación entre mediadores según la formación de base, poniéndose de relieve que en la actualidad es harto improbable la creación de un colegio profesional y que deberemos trabajar por la interdisciplinariedad desde los distintos colectivos por lo que tiene de enriquecedor.
Dicha mesa dio fin a unas jornadas intensas, y que al menos para la que suscribe cumplió las expectativas que se creó cuando recibió aquella primera llamada de Irene diciéndome, quiero que vengas a Vilassar de Mar.

Fdo. María Dolores Hernández Gutiérrez
Socia fundadora de Mediálogos Gestión de conflictos