martes, 31 de diciembre de 2013

Y POR FIN SE CREO EL IMICALI! BREVE REPASO A SU GENESIS


Y por fin se creó el INSTITUTO DE MEDIACION DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE ALICANTE. 

Ha sido un deseo largamente perseguido por todos los mediadores del Colegio de Abogados, incluidos los integrantes de Mediálogos, dado que todos somos colegiados del ICALI (Ilustre Colegio de Abogados de Alicante). 

Desde el principio hemos contado con el apoyo de la Junta del Colegio de Abogados, gracias a la cual fue factible que se empezara a impartir en el año 2009 el primer curso de especialista en mediación familiar en colaboración con la facultad de Derecho de la Universidad de Alicante.

Fue un curso duro por el horario, viernes de 15:00 horas a 21:00 horas y sábados de 9:00 horas a 15:00 horas, pero compatible con nuestro ejercicio como abogados, aunque un poco incompatible con nuestras vidas familiares. 

Gracias a ese primer impulso colegial muchos somos hoy mediadores y acérrimos convencidos de que hay otra forma de resolver conflictos distinta a la judicial, que  no entendemos como alternativa si no como complementaria o incluso paralela.

Recordamos nuestra primera clase de mediación, en el antiguo salón de actos de la cámara de comercio, impartida por la genial Gabriela Rodriguez Querejazu, cuando aun poco sabíamos de la mediación, salvo nuestra idea de que otra forma de resolver los conflictos era posible, hablándonos de su “tía Gladys” y como no teníamos que dejar que nos saliera esa personalidad cuando estábamos en mediación. 

Aquella primera clase, cuando poco o nada sabíamos, nos impacto a todos, porque de repente nos dijeron que no podíamos hacer nada de lo que sabíamos hacer, la mayoría éramos letrados de más de 15 años de ejercicio en aquella primera “hornada”: no podíamos asesorar, no podíamos dar las soluciones, el conflicto no era nuestro….aquello nos dejo impresionados, ¿nada de lo que habíamos atesorado  en conocimiento durante años servía?.

Hoy ya sabemos que todos nuestros conocimientos sirven, y que nos ponemos distintos sombreros de pensar, según actuemos como mediadores o como letrados en un conflicto, el nuestro como ya sabéis es verde Mediálogos cuando actuamos como mediadores.

En aquel primer momento, junto con los mediadores que ya formaban parte de la sección de mediación, y que habían obtenido su titulo mucho antes que nosotros,  siendo vicepresidenta de la sección Magdalena Ortuño, nos reunimos con nuestro entonces decano Mariano Caballero, y le pedimos un impulso: queríamos instaurar el servicio de mediación intrajudicial en los juzgados de Familia de Alicante. 

Gracias a su apoyo, al apoyo judicial -no podemos olvidar nunca la respuesta positiva de las dos magistradas de familia- al de la entonces Junta del Colegio de Abogados y, como no, de los mediadores que, de forma voluntaria, quisimos (rogamos) formar parte del servicio, fue un proyecto hecho realidad. 

La mediación intrajudicial dio comienzo en el mes de julio de 2010, algunos compañeros mediaron en el mes de agosto, único mes en el que como letrados podemos tomarnos vacaciones.
Desde entonces se impartieron en colaboración con la UA dos títulos mas de especialista en mediación familiar, y en el año 2012 se llevo a cabo el primer MASTER EN MEDIACION, donde ya se especializaron los mediadores del ICALI, en mediación civil y mercantil, organizacional, educacional y familiar. 

Este año ya va por la segunda promoción, añadiendo la mediación penal, dado que nuestro colegio va con la realidad social y legislativa y la mediación penal se ve como una realidad emergente.
Todo lo anterior es prueba de lo que nuestro Colegio de Abogados ha apostado por la mediacion, por la calidad de la formación de sus mediadores y por su alta especialización.

Gracias a la renovada Sección de Mediación del Colegio de Abogados, ahora integrada por mediadores dispuestos a que la mediacion sea una realidad en nuestra demarcación, con su nueva Junta al frente, se impulsó el proyecto de centro de mediación que se habia propuesto con anterioridad, dandole otra visión acorde con nuevos criterios.

Hemos contando con todo el apoyo de la Junta del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante con su actual Decano al frente, Fernando Candela, quien desde el principio ha creído en nosotros, y con el de los compañeros mediadores que forman parte de la Junta Directiva, que han sabido explicar a los neófitos las ventajas de una apuesta fuerte por la mediación en el seno del Colegio de Abogados.

Todo ese equipo ha hecho posible hoy el IMICALI, inaugurado el pasado 27 de diciembre, con presencia y apoyo de las Instituciones.

 


Ahora nos queda a todos los mediadores seguir tirando fuerte del carro con nuestra pasión, seguir esforzándonos por ofrecer nuestra profesionalidad y calidad a los potenciales usuarios del servicio, salir a la calle a hablar de la mediación, por que en la sede de las instituciones se está muy calentito pero no se encuentra al ciudadano, y todos, absolutamente todos, poner nuestro pequeño granito de arena por que no se quede en un proyecto sino que sea una realidad util.

Os dejamos aqui unas imagenes de la inauguracion.

 







lunes, 23 de diciembre de 2013

HOY LLEVO MI SOMBRERO VERDE




“Hoy llevo mi sombrero verde”, con esta frase hemos comenzado muchos de nuestros post cuando os contábamos que los miembros de Mediálogos íbamos a dar prácticas de mediación, o cuando íbamos a participar en alguna charla divulgativa sobre mediación. 

El color es muy importante porque cuando lo elegimos pensamos en algo que transmitiera creatividad, pasión, y también frescura, porque esa era la imagen que queríamos dar con nuestro logo; queríamos que cuando se viera nuestra imagen corporativa se pensara rápidamente que íbamos a ofrecer nuestro esfuerzo, nuestra entrega.

Y vamos a ser positivos, estamos orgullosos de lo logrado, estamos orgullosos de estar aquí, de emplear nuestros esfuerzos en algo en lo que creemos profundamente, sabemos que nos queda mucho camino por recorrer, pero podeis estar seguros que vamos a seguir trabajando para ofrecer lo mejor de nosotros, vamos a seguir trabajando en la divulgación de la mediación, porque tenemos la suerte de habernos encontrado en nuestro camino  una red de mediadores de a pie, de los que se dejan la piel como nosotros, con los que interactuamos constantemente, de los que aprendemos y que nos enriquecen.

El RD que desarrolla la Ley de mediación en el ámbito civil y mercantil ha dejado la formación en tan solo 100 horas, ¿nos preocupa? en parte sí nos preocupa, porque una avalancha de mediadores sin vocación puede hacernos desandar el camino recorrido, pero por otra parte hacemos un análisis del año pasado, de todos los mediadores con los que nos hemos encontrado en nuestro camino, y vemos un rayo verde de esperanza, sí verde mediálogos, porque sabemos que no somos los únicos que consideramos que debemos ofrecer calidad en nuestros servicios,  ya que trabajamos con lo más importante, las personas y sus conflictos.

Hoy llevo mi sombrero verde, verde mediación, y nos comprometemos con vosotros para el año próximo en continuar trabajando con la misma o más intensidad, porque creemos que TU PROBLEMA TIENE MEDIACION, que podemos ayudaros a tomar las riendas de vuestros conflictos, porque tú eres quien decide, porque tú eres quien tiene que vivir con la solución.

Desde mediálogos os deseamos unas Felices Navidades, y que el año nuevo nos traiga Mediaciones a raudales

domingo, 15 de diciembre de 2013

Y POR FIN SE APROBO EL REAL DECRETO QUE DESARROLLA LA LEY DE MEDIACION EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES 5/2012

Y dicha aprobación nos ha dejado a la mayoría de los mediadores con un amargo regusto, y ello porque después de que haya habido reuniones  con diversas asociaciones de mediadores, como por ejemplo con FRAPOMED ( Federación de asociaciones profesionales de mediación) o con GEMME (jueces y magistrados por la mediación), que creo grupos de trabajo ad hoc, y con diversos colectivos, la sensación final es que no se nos ha tenido en cuenta para nada.

El Real Decreto  desarrolla cuatros aspectos:
       1.- Formacion de los mediadores
       2.-Registro de mediadores e instituciones de mediación
       3.-Seguro de responsabilidad Civil
       4.-Procedimiento simplificado de mediación por medios electrónicos

Vamos a intentar centrarnos en nuestro articulo de hoy en la formación de mediadores y en el Registro de mediadores, y los problemas que la indeterminación del Real Decreto nos provocan.

Respecto a la formación de los mediadores

En el preámbulo del Real Decreto se dice  que la Ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles hace una apuesta clara por la calidad de la mediación, lo que lleva a imponer determinados requisitos al mediador. Se dice que  parte de una concepción abierta de la formación, acorde a los principios de libre prestación de servicios y libre competencia que rigen la actuación de los mediadores. Por ello no se establecen requisitos estrictos o cerrados respecto a la configuración de esa formación, los cuales con carácter general han de estar relacionados con la titulación del mediador, su experiencia profesional y el ámbito en que preste sus servicios. De éstas dependerá la formación que haya de recibir un mediador para contar con la preparación necesaria. 

¿ Quiere acaso eso decir que será necesario tener una formación distinta según el ámbito de la mediación al que nos dediquemos?

Al igual que no es lo mismo la mediación penal (justicia restaurativa) que la mediación civil y mercantil, muchos de los mediadores opinamos que también se requiere distinta formación para mediar en asuntos donde el contenido relacional tiene un mayor peso:  asuntos de familia como protocolos de empresas familiares,  herencias, liquidaciones de gananciales, custodias, cuidado de mayores, asuntos de propiedad horizontal (donde la convivencia de la comunidad es importante para su buen funcionamiento) que asuntos mercantiles puros de reclamaciones donde va a primar por encima de todo la negociación.

Sin embargo y pese a lo dicho en el preámbulo, si leemos el articulo 4  que regula el contenido de la formación del mediador se nos dice que “1. La formación específica de la mediación deberá proporcionar a los mediadores conocimientos y habilidades suficientes para el ejercicio profesional de mediación, comprendiendo, como mínimo, en relación con el ámbito de especialización en el que presten sus servicios, el marco jurídico, los aspectos psicológicos, de ética de la mediación, de procesos y de técnicas de comunicación, negociación y de resolución de conflictos. ….”

¿Que se entiende por conocimientos y habilidades suficientes? La norma no lo concreta, y ello entendemos que afectara a la calidad de la formación de los mediadores y por tanto a los procesos de mediación. La norma ha querido ser tan abierta que no ha regulado nada.

En una primera lectura podría desprenderse que efectivamente habrá que tener los conocimientos y por tanto la especialización en la materia de que se trate. Aquí es donde surge uno de los primeros problemas, ¿el mediador con formación en civil y mercantil podrá ser mediador familiar?

La opinión de muchos compañeros mediadores con formación jurídica es que el derecho de familia se considera derecho civil y por tanto si se tiene un curso que habilita como mediador civil y mercantil se puede llevar a cabo la mediación en familia. 

Aquí nos encontramos con el problema de que ni la Ley primero, ni el RD que la desarrolla en determinados aspectos, han dicho nada respecto a su convivencia con las Leyes que ya existían en las comunidades  autónomas, la mayoría de mediación familiar.

En la LEY 7/2001, de 26 de noviembre, reguladora de la mediación familiar, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, en su artículo 7 exige para poder ser mediador familiar tener titulación universitaria superior -en Derecho, Psicología o trabajo social, graduado social o educador social- y una formación en mediación en los niveles de experto, especialista o máster. También se contempla la posibilidad de que puedan ser mediadores familiares otro tipo de licenciados superiores siempre que tenga una formación específica de postgrado mínimamente de especialista.

Sin embargo, el actual RD establece una formación de 100 horas, de docencia efectiva (como dice José Antonio Veiga Olivares, no queda claro tampoco a que se refieren con este concepto de efectiva, si acaso con ese término quieren decir que presenciales o que) de las cuales el 35% debe ser formación práctica, por lo que quedan tan solo 65 horas de formación teórica que deberá contener, tanto los contenidos jurídicos , como  los aspectos psicológicos, de ética de la mediación, de procesos y de técnicas de comunicación, negociación y de resolución de conflictos. 

Quizas a la hora de estudiar si el mediador está o no habilitado para ejercer como mediador familiar habrá que examinar el programa de formación que le habilita para ejercer como mediador y estar a su contenido para ver si efectivamente tiene todos los contenidos jurídicos, psicológicos….para poder ser mediador familiar.

No debemos olvidar que en nuestra comunidad Autónoma, la valenciana, tenemos ciertas especificidades en el derecho de familia, cuyo conocimiento no se nos presupone ni siquiera a todos los que somos letrados.

Hubiera sido de agradecer que se hubiera resuelto de alguna forma por un lado las indeterminaciones de la norma y por otro lado la coexistencia de las normas. 

Por último, en el articulo 12 de la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles se decía que se fomentaría la adecuada formación inicial y continua de los mediadores, y por esta parte encontramos muy deficitaria la forma de regular tanto la formación inicial, en el articulo 4 y 5 del RD recién aprobado, como la continua, dado que en su artículo 6, que regula la formación continua, se exige tan solo una formación de 20 horas cada cinco años. ¿Como se puede decir que se quiere garantizar calidad con tan raquíticas exigencias?

Respecto a los Centros de formación 

Regulados en el articulo 7, se dice que tendrán que tener habilitación legal para poder llevar a cabo tales actividades o la debida autorización de la Administración. ¿Quiere decir que tan solo podrán las universidades, las Instituciones de mediación debidamente habilitadas?

Nos vuelven a dejar en la indeterminación, porque por un lado dependerá de una habilitación legal o -y aquí vuelve a surgir el problema- por la Administración compentente en la materia. ¿ Cual se considera la materia? ¿educación? ¿acaso justicia ( dado que es un sistema alternativo al judicial)? y en su caso, ¿ tendrán por tanto competencia las Comunidades Autonomas?

En el preámbulo se habla de que con el desarrollo se pretende dar seguridad jurídica a los ciudadanos, difícil con tanta indeterminación, y difícil también si su concreción practica puede llegar a ser tan dispar en función del centro de formación, y por tanto contenido de la formación, y del ámbito donde se reciba.

Se solicito por parte de los mediadores, a través de las asociaciones, de los grupos de trabajo de GEMME, que se aprobara una comisión de control de la calidad, pero al final esto no aparece reflejado en ningún lugar del  RD que estamos estudiando.

Confiamos, por tanto, en la profesionalidad del mediador con vocacion para ser capaz de autoanalizarse y exigirse asi mismo esa calidad que la mediacion necesita para su implantacion y aceptacion por la ciudadania. 

sábado, 14 de diciembre de 2013

sábado, 7 de diciembre de 2013

La Comediacion, en el curso de Mediacion civil y mercantil, de la UA



El miercoles 4 de dicembre, Medialogos intervino en el curso de mediacion civil y mercantil que se esta desarrollando en la Universidad de Alicante, dirigido por la profesora de Derecho Internacional Privado, Doña Lydia Esteve. 
Nuestras socias, Chelo Hdez. Aleson y Maria Eugenia Salazar, hablaron de su vision de la Comediacion, sus caracteristicas, sus ventajas e inconvenientes, y despues interactuaron con los alumnos en el roleplay de un caso practico de comediacion mercantil.
Fue una clase muy dinamica, en la que los alumnos intervinieron con sus dudas, aclaraciones y propuestas creativas, de las que todos siempre aprendemos.
Les agradecemos a todos su colaboracion.

 












martes, 22 de octubre de 2013

En la presentacion de la Federacion Valenciana para la Mediacion, en la UA

El viernes 18 de octubre, estuvimos presentes en el acto que se celebraba en la Universidad de Alicante, para la presentación de la Federacion Valenciana de Mediacion, invitados por ésta, con presencia de la consellera de Bienestar Social, Asunción Sánchez Zaplana, el rector de la UA, Manuel Palomar, el decano del Colegio de Abogados de Alicante, Fernando Candela.
Formamos parte de la mesa redonda sobre los distintos proyectos y vias de implantación de la Mediación en la ciudad de Alicante, debate interesante que puso de relieve el gran interes que por la difusión de la mediacion y su implantacion se esta llevando a cabo por todos los que nos sentimos implicados en ella.
Nuestra socia, Mª Dolores Hernández, expuso la labor realizada por Medálogos.





Conferencia en Ambito Cultural de El Corte Ingles de Alicante

El pasado jueves día 17 de octubre, estuvimos encantados de dar a conocer la Mediación a la ciudadanía alicantina. Con formato de preguntas y respuestas, quisimos acercar al publico todos los aspectos de la Mediación, y la visión que de la misma tenemos en Mediálogos.




domingo, 20 de octubre de 2013

Seguimos con nuestra actividad de formacion


El lunes 14 de octubre imaprtimos practica de mediacion empresarial para alumnos en el Colegio de Gestores Adminstrativos de Alicante.
Fue un grupo interesante, muy bien formado y con mucha creatividad. Colaboraron todo el tiempo y esperamos que les hayamos introducido con ganas en el mundo de la Mediacion.


miércoles, 16 de octubre de 2013

Estuvimos en el III SIMPOSIO GEMME en Madrid

Los días 24, 25 y 26 de septiembre, estuvimos en el III Simposio GEMME sobre la experiencia tras un año de vigencia de la ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles 5/2012.
Fue una experiencia muy gratificante, compartimos inquietudes con muchos compañeros y nos quedo claro que queda mucho por hacer, pero tenemos las ganas e ilusión para llevarlo a cabo.
En breve, expondremos nuestras impresiones y conclusiones del mismo.










martes, 16 de julio de 2013

Colaboración en La Gaceta, revista del ICALI

Un breve artículo sobre abogacía y mediación, publicado en La Gaceta, la nueva revista del Colegio de Abogados de Alicante, para aclarar y difundir las ventajas de la mediación entre los abogados (pág. 29 y 30 del pdf):

martes, 9 de julio de 2013

Mediación e Intermediación Hipotecaria. No son lo mismo.

Interesante artículo de la abogada y mediador de Málaga, María del Mar Ruiz Torres, en el que nos explica las diferencias entre estos procedimientos, y también sus semejanzas.


Icamalaga.es: La intermediación hipotecaria: ¿es mediación?: Autora: María del Mar Ruiz Torres, a bogada y mediadora. Intermediadora en la Oficina de Intermediación Hipotecaria de Málaga La inter...

martes, 25 de junio de 2013

Herramientas de Negociación. Parte II


TALLER DE  HERRAMIENTAS DE NEGOCIACIÓN IMPARTIDO POR FRANCISCO DIEZ . PARTE II





LAS DOS DIMENSIONES DE LA NEGOCIACIÓN.

Francisco Diez, nos habló de las dos dimensiones de la negociación, la dimensión del balcón y la dimensión de la mesa, dimensiones que hay que ser capaces de disociar para ser efectivos en la negociación. Nos recalcó también que el negociador es la figura clave, por lo que tendremos que conocer nuestras capacidades, completar aquellas que nos faltan e internalizar todo lo aprendido, dado que de  nada nos sirve la lectura de los materiales, el aprendizaje de técnicas si no las hacemos parte de nosotros mismos ya que en el momento de la negociación no vamos a tener a nadie más.

El balcón sería ese lugar al que nos retiraríamos para analizar qué es lo que está pasando en la mesa de negociación. Se puede hacer bien mentalmente, para lo que requiere mucha practica, o bien podemos hacerlo haciendo pequeños descansos para tomar café, o con cualquier otra excusa y de esa manera examinar nuestro trabajo en la mesa, como estamos interactuando con la otra parte y como están actuando los demás en relación a nosotros. En esta dimensión tendríamos que colocarnos antes de la negociación, a fin de analizar el conflicto y prepararnos para la negociación, durante la negociación para examinar nuestra actuación, y tomar las oportunas decisiones, y después de la negociación para evaluar y a su vez aprender de nuestra propia intervención y de la de los demás.

La mesa es el lugar donde nos sentamos a resolver el problema y construimos la relación con las personas que intervienen en el conflicto. Hay que tener en cuenta que la relación no la construye una parte, y mucho menos creer que la construimos como queremos, la relación se co-construye, es necesaria la intervención de ambas partes. El problema a su vez también lo vamos a resolver junto con  el otro.

¿ Por que es importante para los mediadores saber negociar?, lo que es por una razón muy sencilla, la negociación es la celula de todos los métodos de resolución de conflictos basados en intereses.

Para preparar una reunión en la que vamos a negociar hay que plantearse las siguientes preguntas:

Herramientas de Negociación. Parte I


TALLER SOBRE HERRAMIENTAS DE  NEGOCIACIÓN IMPARTIDO POR FRANCISCO DIEZ
Madrid, 21 y 22 de Junio




En un primer momento pensaba empezar el resumen, transcripción o impresiones recogidas del Taller impartido por Francisco Diez diciendo aquello de “ Yo solo sé que no se nada”, luego me he acordado de mi profesor de Oratoria, y aquello de no empezar jamás “ matando a la gallina” ( empezar una exposición diciendo que no sabemos algo como si no fuéramos la persona indicada para estar haciéndolo). Realmente el taller, como todo aquello a lo que acudo me ha producido las ganas de seguir mejorando, de seguir completando mi formación. Como le dije posteriormente a Francisco, me dejo con el cerebro “ bullendo”, de información. Y no es que algunas cosas no las hubiera oído ,  o leído ya, sino que su exposición consiguió como un tetris armar muchos de los conocimientos que ya tenía adquiridos.

En primer lugar, y aunque para algunos no haga falta, comenzaré por presentaros a Francisco Diez.

sábado, 15 de junio de 2013

Dando clase a compañeros abogados y procuradores


Siempre esperando que se impregnen del virus de la mediación.
Hoy a vueltas con la mediación sanitaria y en responsabilidad civil.
Y haciéndoles practicar las técnicas aprendidas.





martes, 11 de junio de 2013

MEDIALOGOS HABLA DE MEDIACION EN TELEVISION-Mayo 2013

Aquí os dejamos el enlace al programa completo (unos 25 min.), emitido en InformacionTV, en el programa EnTerapia, donde damos nuestra visión de la mediación e intentamos hacerla llegar al público, a los ciudadanos, destinatarios de nuestro trabajo.


martes, 4 de junio de 2013

CUMPLIMOS UN AÑO!

Parece increíble pero hace ya un año que nos constituimos como empresa, y ni nos hemos dado cuenta de la fecha de lo atareados que estamos con todos nuestros proyectos. El pasado dia 1 de junio cumplimos un año en el que arranco por fin este proyecto, después de meses trabajando en el. Muchos diréis que las fotos de la inauguración son del mes de octubre del pasado año, y si,  no estáis nada equivocados, pero eso fue nuestra puesta de largo, nuestra presentación en sociedad. Queríamos enseñar a todo el mundo nuestras instalaciones, de las que nos sentimos muy orgullosos porque creemos que hemos conseguido crear el espacio adecuado para el dialogo. La foto que ocupa nuestra portada esta realizada a las once y pico de la noche cuando ya se habían ido todos nuestros invitados, no habíamos conseguido hacérnosla antes, ocupados como estábamos los cinco en atender a todo el mundo, enseñar nuestras instalaciones, y mostrar nuestra pagina web que también presentábamos en sociedad. A algunos de los integrantes del equipo no les gusta, consideran que no damos u na imagen de seriedad, otros, como la que en este caso suscribe, entendemos que transmite pasión, que nos brillan los ojos con la ilusión. No ha hecho falta mediar para mantenerla, una por que no tenemos muchos problemas de dialogo entre nosotros ( eso no quiere decir que no discrepemos amigablemente claro..), otra por qué no hemos tenido ocasión para coincidir todos guapos guapísimos y repetirla.¿ Que opináis vosotros?
Todos los integrantes del equipo de Mediálogos, por extraño que parezca y pese a ser todos letrados en ejercicio, ni teníamos amistad  ni siquiera nos conocíamos antes de entrar en el mundo de la mediación. Nos conocimos en nuestro primer curso de formación, cuando hicimos el curso de especialista universitario en mediación familiar…mucho ha llovido desde entonces. Dada la común inquietud que nos unía, y aun antes siquiera de tener en nuestra mente el germen de Mediálogos continuamos formándonos, y en la actualidad casi todos contamos en nuestro curriculum además de con ese primigenio título de especialista en mediación familiar, y con múltiples talleres, con dos Máster universitarios en mediación. Y ello por que consideramos que la formación es uno de los pilares básicos de nuestro ejercicio como “profesionales “ de la mediación, porque trabajamos con personas, y no hay nada mas importante. Mucho se ha escrito sobre la formación del mediador y mucho se supongo se seguirá escribiendo cuando salga el tan esperado, o no, Reglamento que desarrolla la Ley estatal, en Mediálogos entendemos que tenemos que ofrecer a nuestros clientes lo mejor, y seguiremos trabajando por conseguirlo, insistiendo en nuestra propia formación.
Desde nuestra pagina de facebook, desde nuestro blog, compartiendo todo aquello que consideramos de interés para los mediadores, y para todo aquel interesado en la mediación, esperamos poner nuestro granito de arena para conseguir sacar lo mejor de todos.
A los que nos seguís, gracias por estar, a los que seguimos, gracias por compartir tanta información que nos enriquece a todos.
Muchas gracias a todos los que hasta ahora habéis confiado en nosotros, tanto a nivel particular seleccionándonos como mediadores y confiándonos vuestros conflictos, permitiéndonos acompañaros en la solución de vuestros problemas, como a los que habéis contado con nosotros para transmitir nuestra pasión por la mediación.
SIMPLEMENTE GRACIAS POR DEJARNOS CUMPLIR UN AÑO!




miércoles, 29 de mayo de 2013

Un breve apunte sobre mediación, para EnTerapia.TV

Aquí os dejamos el enlace al artículo publicado en la web del programa EnTerapia, en el que en la noche de hoy intervendremos.
Luego podréis ver el programa también en la web.

La mediación Un puente hacia el diálogo ,por Mediálogos

miércoles, 22 de mayo de 2013

La calidad de la formación en Mediacion

Para que la mediación sea un procedimiento en el que confiar y que tenga la aplicación que se merece por los ciudadanos, instituciones, empresas, etc, debemos empezar por cuidar extremadamente la formación de los mediadores.
Reflexiones al respecto de María Quero, en su artículo publicado en lawyerpress.com
Aquí dejamos el enlace al mismo.

Quién evalua los procesos de formación de los mediadores? por María Quero Mapelli

martes, 30 de abril de 2013

Convenio para introducir mediacion en la jurisdicción contenciosa administrativa

A través el Consejo General del Poder Judicial
Es decir, s reabre una puerta a implantar procesos de mediación con la Adminstracion, excluidos expresamente en la ley de mediación en asuntos civiles y mercantiles, 5/2012

Merece la pena leerlo

http://www.elderecho.com/actualidad/mediacion-CGPJ-Fundacion_Valsain-jurisdiccion-contencioso-administrativa_0_535875122.html

jueves, 11 de abril de 2013

Claves sobre la mediación laboral

Un excelente trabajo de Laura Molla Enguix, sobre este campo , el laboral, donde se plantean tantos conflictos que son necesarios gestionar para la buena evolucion, desarrollo y exito de la empresa y las personas que forman parte de ella.

Os animo a leerlo:


Por Laura M. Molla Enguix, Abogada y Mediadora del Departamento Jurídico GMR Management y Servicios Jurídicos, SL.

Desde el momento en que las personas se relacionan para alcanzar sus objetivos, pueden surgir entre ellas situaciones de conflicto.

Y, en el marco de la organización de cualquier empresa, las relaciones ínter personales pueden llevar en muchas ocasiones a generar tensiones y situaciones de conflicto que pueden deteriorar la relación laboral.

Distintos puntos de vista en la fijación de los turnos de trabajo, el horario laboral, la fijación de las vacaciones, así como cualquier otro aspecto relacionado con la convivencia diaria en el centro de trabajo pueden hacer que seamos menos productivos, con el consiguiente perjuicio para el resultado económico de la empresa y las relaciones personales.

Mucho de estos conflictos pueden ser resueltos en el seno de un proceso judicial, como garante del Derecho constitucional a la tutela judicial efectiva.

En otras ocasiones estos conflictos, que se pueden dar entre trabajadores de distinto rango jerárquico, o entre empresa y trabajador, no tienen un cauce judicial adecuado para dirimir la controversia, por el elevado periodo de tiempo en la respuesta judicial y el desgaste en las relaciones humanas.

Y, es en este momento, como si de Medicina Preventiva estuviéramos hablando, donde entraría en juego la Mediación Laboral, como método adecuado de resolución del conflicto.

¿Por qué recurrir a la Mediación Laboral?

1.- Por que es una solución integradora
2.- Por que responde a los intereses de las partes
3.- Por que, dentro del proceso de mediación se va a garantizar el cumplimiento de los preceptos legales
4.- Por que es mejor que la Mejor Alternativa a un Acuerdo Negociado (MAAN), es decir, aquello que la persona hará si no se llega a un acuerdo con la otra parte

¿Quien es el Mediador?

Un problema de comunicación entre partes (por cualquier motivo) genera la paralización de la negociación: las partes se ven incapaces de comunicarse y llegar a un acuerdo.

Es en este punto cuando interviene el Mediador: por un lado, para recomponer los canales de comunicación y por otro, para descubrir los reales intereses que subyacen en el conflicto, cuando esos intereses no se han verbalizado.

Las principales cualidades que tiene el Mediador Laboral son:

1.- Neutralidad: La cualidad más importante de un mediador eficaz es su capacidad de mantener un papel imparcial y neutral en medio de una controversia.

2.- Capacidad: El rol del mediador es ayudar a que las partes lleguen a un acuerdo cuyos términos sean aceptables para ellas. Los verdaderos protagonistas de un proceso de Mediación son las partes, no el Mediador.

3.- Flexibilidad: Para adaptarse a las partes y para estimular la fluidez en las comunicaciones.

4.- Inteligencia/formación : El mediador facilita a las partes el camino de la resolución del conflicto , con una mentalidad ágil y eficaz.
Es capaz de ver las cuestiones en múltiples niveles, de tratar hechos complejos y de analizar los problemas.
Conoce el Derecho Laboral, lo que facilita que la solución que las partes adopten es adecuada para ellas, y además el acuerdo que se adopte en el acta final no reúne vicios que invaliden su contenido.

5.- Paciencia: El mediador pueda esperar los tiempos necesarios según lo requieran las partes.

6.- Empatía: El mediador es capaz de valorar las percepciones, miedos e inseguridades que cada parte revele en la discusión. Ello, es lo que genera la confianza con el Mediador.

7.- Sensibilidad y respeto: El mediador es respetuoso con las partes y sensible a sus fuertes sentimientos, incluyendo sexo, raza y diferencias culturales.

8.- Oyente activo: Las partes sentirán que el mediador les escucha.

9.- Imaginativo y hábil en recursos: El mediador tiene capacidad de aportar y generar ideas nuevas.

10.- Enérgico y persuasivo: A través de la conducción del proceso, el mediador interviene eficazmente para lograr flexibilidad sin ser autoritario.

¿Por qué la Mediación Laboral?

Por qué si creemos en el Arte de la Mediación, conseguiremos acuerdos desde el seno del ambiente laboral, con nuestros compañeros y con nuestro superior jerárquico y con personas ajenas a nuestra familia pero que forman parte de nuestro día a día profesional.

Porque así nuestra Empresa y nuestros Trabajadores serán más productivos, lo que nos enriquece como personas y como organización.

Ejemplo de caso de Mediación

Un ejemplo claramente Mediable en una empresa suele ser la fijación de las vacaciones.

El art. 38 del Estatuto de los trabajadores establece al respecto:
“Artículo 38. Vacaciones anuales
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los Convenios Colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.”

Por lo tanto, si bien el Estatuto, y los Convenios Colectivos establecen la duración de las mismas, así como son numerosos los convenios que establecen los meses en los cuales disfrutar de tan merecido descanso laboral, SERÁN LAS PARTES QUIENES DE MUTUO ACUERDO establecerán el periodo de su disfrute.

Pero ¿y si las partes no están de acuerdo en la fijación de las fechas? Pues el mismo art. 38 en su apartado 2 establece “que será la jurisdicción competente” la encargada de su fijación. En este caso la Social.

No vamos a entrar en la casuística relativa a los procesos sobre vacaciones ante la jurisdicción Social, ni en el plazo de resolución, que en esta Jurisdicción se caracteriza por la celeridad y quizá la más ágil entre las amplias ramas del derecho. Únicamente haremos hincapié en el sentido común y es ¿cómo un Juez, por muy ágil que sea en la resolución del conflicto, va a dictar una resolución que fije un periodo vacacional que sea acorde a las necesidades productivas de la empresa y las personales del trabajador? Es ciertamente difícil.

En un proceso de mediación todo eso es posible.

Claves sobre la mediación laboral

miércoles, 10 de abril de 2013

Medialogos en el curso de Mediación del Colegio de Abogados de Orihuela

Han contado con nuestro equipo para dar prácticas de mediación familiar y mercantil. Los futuros mediadores que saldrán del Colegio de Abogados de Orihuela, y allí estuvimos los días 4, 5 y 6 de abril.
También impartimos nuestro conocimiento sobre la Mediacion Sanitaria. Esperamos haberles interesado por esta especialización.
Fue un trabajo muy interesante y colaborativo, ya que los alumnos participaron activamente de las prácticas propuestas. Muchas gracias a todos!
Os dejamos unas cuantas imágenes que ilustran nuestra labor.

















Medialogos en las X Jornadas de Mediación Univ. Pablo Olavide, Sevilla

Estuvimos compartiendo nuestra experiencia en la implantación de Centros de Servicios de Mediación en las X Jornadas sobre el presente y futuro de la Mediación, que organiza la Universidad Pablo Olavide de Sevilla.
Nuestra socia, María Dolores HernAndez fue nuestra voz en la mesa redonda.
Dimos confianza y credibilidad a nuestro proyectó.
Gracias por la acogida!





lunes, 18 de febrero de 2013

La Mediacion Empresarial
Resumen de la conferencia-coloquio impartida por nuestras socias Carmen Alfonso y Mª Eugenia Salazar, sobre “Mediación empresarial, una vía hacia el acuerdo”, desarrollada el pasado 14 de febrero en el Circulo de Economía de Alicante, (en el marco de Los Jueves del Círculo, con el apoyo de COITIA y la Cátedra Prosegur de la UA).
Comenzó la conferencia Carmen Alfonso explicando que pese a la aparente novedad de la mediación como método de resolución de conflictos entre empresas, la realidad es que empezó a utilizarse en los años 70´del siglo pasado en EEUU, con la apertura a vías extrajudiciales de resolución de conflictos interempresariales.
En la Unión Europea, inicialmente para cuestiones transfronterizas, la mediación se reguló por la Directiva 2008/52, que postulaba soluciones más rápidas, económicas y capaces de preservar las relaciones entre las partes, a la vez que instaba a los países miembros a trasponer aquella directiva a sus legislaciones nacionales, lo que en España se concretó en la Ley 5/2012 de 6 de julio sobre mediación en asuntos civiles y mercantiles que aunque aún tiene pendiente el Reglamento, ya se encuentra integrada plenamente en nuestro régimen jurídico y está comenzando a mostrar su utilidad en la solución de conflictos empresariales.
Y esta ley 5/2012, en su art. 1 define la mediación
Aquí están ya las claves de la mediación:
·         el protagonismo es de las partes, que pueden llegar a acuerdos que las comprometan sin necesidad de acudir a la vía judicial de manera que se preserven las relaciones futuras;
·         con intervención de un mediador que es un tercero ajeno cuya función es la de catalizar y controlar el proceso sin quitar ningún protagonismo a las partes, que tienen que actuar en condiciones de igualdad y buena fe,
·         y con la garantía de confidencialidad sobre lo acontecido en el proceso de mediación.
En cuanto al tipo de conflictos empresariales mediables, prácticamente son todos los que pueden ocurrir entre empresas, entre empresas y particulares o entre socios, con exclusión de los conflictos de carácter penal, laboral o de consumo, con regulaciones específicas.
Y aunque la legislación y la tradición en nuestro país es todavía muy reciente (frente a la de países anglosajones, que resuelven un porcentaje muy alto de conflictos mediante mediación), poco a poco va integrándose en las vías de solución de problemas empresariales, con circunstancias específicas que la facilitan, como
§  la voluntad de las partes de continuar la relación (socios en empresas familiares; proveedores difíciles de sustituir, etc.);
§  es importante mantener la confidencialidad (patentes y marcas, reputación de las empresas, etc.);
§  se necesita rapidez en la solución; no se desea un juicio; etc.,
§  además de las ventajas en cuanto a plazo de resolución del conflicto
§  y coste de la mediación sobre la resolución judicial,
§  con ese aspecto de gana-gana en las resoluciones frente al gana-pierde de las sentencias judiciales; con la libertad para acordar de las partes, facilitada en todo caso por la labor del mediador que, como las partes, también se puede retirar del proceso si no detecta buena fe o actuación correcta de las empresas.
En este punto, destacaba las tareas básicas del mediador (debe tener una titulación universitaria y formación específica en mediación) en el proceso:
ü  asistir a las partes para que negocien mejor;
ü  ayudar a generar múltiples cuestiones para centrar los verdaderos problemas;
ü  garantizar el respeto de las partes durante todo el proceso;
ü  asegurar que las partes tienen capacidad para negociar y llegar a acuerdos;
ü   determinar el espacio físico que pueda facilitar el acuerdo (neutro para ambas partes);
ü  y revisar las ventajas del acuerdo, en cuanto a su certeza, legalidad, inmediatez, economía, privacidad y control de su ejecución.
La ley prevé la mediación tanto extra como intrajudicial, cuando en determinado momento del proceso, el juez insta a las partes a intentar resolver el conflicto por medio de la mediación, lo que reduce plazos y tasas judiciales, además de aportar las ventajas de evitar la ruptura, etc. ya comentadas, pero el acuerdo solo es posible si las partes lo alcanzan, que en otro caso volverían a sede judicial.
El proceso finaliza con un acta de acuerdo, acuerdos parciales o abandono de cualquiera de las partes. En el caso de acuerdo, es conveniente elevar el acta a pública, lo que le confiere el valor de documento ejecutivo.
Carmen terminaba la exposición haciendo una breve referencia a la utilidad de la mediación en la resolución de conflictos en la empresa familiar, con énfasis en la importancia de abordar el conflicto a tiempo, antes de que las posiciones estén tan distantes que impidan la posibilidad de llegar a acuerdos que preserven la continuidad de la empresa.
Mª Eugenia Salazar completaba la conferencia centrando la dinámica del proceso de mediación, que se inicia con frecuencia a instancias de una parte que facilita al mediador el contacto con la otra para ofrecer la posibilidad de abordar el conflicto a través de un proceso de mediación, que comienza con una reunión para explicar el proceso, las reglas y fijar el acuerdo de confidencialidad (desde el primer momento, la credibilidad y profesionalidad del mediador es fundamental).
El siguiente paso consiste en que cada parte facilite al mediador por escrito su visión del conflicto –que ya puede vislumbrar posibles vías de acuerdo al que, no obstante, tienen que llegar las artes, que el mediador no es en ningún caso un árbitro-. Esa información la expondrá cada parte en la siguiente reunión para fijar el consenso inicial (una descripción del conflicto aceptada por las dos partes).
Si no se avanzara, el mediador pude plantear reuniones privadas con cada contendiente para aclarar la situación, proponer peritajes, etc., con el objetivo de desbloquear el proceso, para continuar con la fase más creativa de abordar la solución a través de una tormenta de ideas u otros procedimientos de búsqueda de solución a problemas, con alternativas de solución hasta llegar a la más viable para ambos.
Tras el acuerdo, se levanta acta (supervisada por los abogados de las partes) y se ejecuta el acuerdo.
Un tema importante es que, según análisis realizado por el Banco Mundial, la Mediación es un 76% más barata que la justicia ordinaria.
Mª Eugenia terminaba diciendo que las empresas con relaciones periódicas no pueden permitirse romper una relación por un problema puntual, y esto lo resuelve la mediación. Está muy asumido en países como EEUU o Reino Unido, y razonablemente, debería ser igual en España en un futuro no muy lejano.